Costas

358 km para rodar

Para poder llevar a cabo actividades profesionales de cinematografía, televisión, video y fotografía en el litoral y playas de Tenerife se ha de solicitar autorización al servicio de ordenación del litoral occidental de la Consejería de Obras públicas, vivienda y movilidad, dirección general de costas y gestión del espacio marítimo canario del Gobierno de Canarias.

Nuestras productoras locales se lo ponen más fácil

Algunas de las productoras y productoras de service locales cuentan con un permiso anual de costas. Contacte con nosotros para indicarle cuáles y facilitarle el trámite escribiendo a film@webtenerife.com o llamando a +34 647 346 462.

Instrucciones para solicitar la autorización en Ordenación del Litoral

La productora solicitará el permiso a través de este procedimiento, de la sede electrónica del Gobierno de Canarias, al servicio de ordenación del litoral de la Consejería de Obras públicas, vivienda y movilidad, sección dirección general costas y gestión del espacio marítimo canario del Gobierno de Canarias.

Deberá acompañarse de: 

  • Memoria detallada de la producción, con el objeto, justificación, m2 de ocupación, presupuesto, mapas, equipo humano y técnico según las instrucciones que constan en esta memoria tipo comunicación rodaje.
  • Certificado de seguro de responsabilidad civil en vigor 
  • Pago de la tasa 163 por el trámite administrativo con el  modelo 700: Consejería de Obras públicas, vivienda y movilidad, sección dirección general costas y gestión del espacio marítimo canario. TASA NÚMERO 163 - Tasa por informes y demás actuaciones facultativas: 1 - AUTORIZACIONES PREVISTAS EN EL ART. 49 DEL REGLAMENTO (Precio ronda 53,00€)
  • Declaración responsable de cumplimiento del artículo 44.7 de la Ley 22/1998, de 28 de julio, de Costas y 97.1 del Reglamento General de Costas, aprobado mediante RD 876/2014 de 10 de octubre firmada y de no incurrir en ninguna de las prohibiciones de Contratar previstas en la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de Contratos del Sector Público. Descargar modelo declaración responsable
  • Declaración responsable de compatibilidad con las estrategias marinas, en caso de instalación de balizamientos a los que se refiere el artículo 7.6 del Real Decreto 79/2019, de 22 de febrero Descargar modelo. Solo para producciones con balizamientos.  
  • Fianza: Se depositará fianza de 500€,. En el caso de que las instalaciones ocupen el dominio público marítimo terrestre durante más de 24 horas, la fianza definitiva a depositar es del 5% del presupuesto que se destina a esa localización. Vea aquí las instrucciones para depositar la fianza.

Si tuviera que subsanar algún documento, por favor siga las Instrucciones de aportación de documentos.

Si la producción se va a realizar dentro de un espacio natural protegido, se deberá solicitar en paralelo al área de Medio Ambiente del Cabildo el informe positivo del rodaje (ver aquí instrucciones de Medio Ambiente).

Por último, se deberá comunicar al Ayuntamiento correspondiente la actuación en el dominio público marítimo terrestre (ver aquí instrucciones de Ayuntamientos).

Canon costas

Las autorizaciones en costas las otorga el Gobierno de Canarias, sin embargo, el pago del canon por cada autorización ha de ser pagado al Ministerio de Transición Ecológica del Gobierno de España, a través del Servicio Provincial de Costas.
 
Una vez recibida la autorización específica de un rodaje por parte del Gobierno de Canarias, ha de escribir al Servicio Provincial de Costas (Ministerio) al correo bzn-costastenerife@miteco.es adjuntando la resolución e indicando el nombre completo de la empresa, CIF, dirección postal y un teléfono de referencia. En el plazo aproximado de una semana, llegará por correo postal la carta de pago del canon. Una vez pagado el canon, se debe enviar el justificante de pago por correo electrónico al Servicio Provincial de Costas, y a su vez, subirlo como aportación de documentos al expediente de su permiso en Ordenación del Litoral del Gobierno de Canarias (ver Instrucciones de aportación de documentos). 

Este canon por rendimiento, de forma general, se calcula del importe del beneficio neto de la empresa. Este beneficio neto se calcula con operaciones aritméticas, pero se suele tomar como referencia de beneficio neto el 20%. De este resultado se calculará el importe de este canon (8%).