Costas

358 km para rodar

Para poder llevar a cabo actividades profesionales de cinematografía, televisión, video y fotografía, en el litoral y playas de Tenerife se ha de solicitar autorización al servicio de Ordenación del Litoral Occidental de la Consejería de Transición Ecológica, Lucha contra el Cambio Climático y Planificación Territorial del Gobierno de Canarias.

La autorización a Ordenación del Litoral se solicitará a través de este procedimiento de la sede electrónica del Gobierno de Canarias con la documentación que señalamos bajo estas líneas.

Si la producción está dentro de un espacio natural protegido, se deberá solicitar en paralelo a Medio Ambiente del Cabildo el informe positivo del rodaje (ver aquí instrucciones de Medio Ambiente). 

Nuestras productoras locales se lo ponen más fácil

Algunas de las productoras y productoras de service locales cuentan con un permiso anual de costas, contacte con nosotros para indicarle cuáles y facilitarle el trámite: film@webtenerife.com o +34 647 346 462.

Documentación

La solicitud de Ordenación del Litoral deberá estar acompañada de: 

  • MEMORIA DESCRIPTIVA “DETALLADA” de las actividades a realizar. Descargue la  MEMORIA TIPO  con información completa que le servirá de guía. Es importante que siempre incluya en la memoria:
    • Descripción de la actividad: Tipología, procesos, instalaciones, maquinaria, días, horarios, playas o costas exactas, equipo humano, zonas a ocupar, municipio, mapas fotos, etc.).
    • La estimación de ocupación del dominio público marítimo-terrestre (m2)
    • Memoria económica (estimación de la inversión económica que realizará en esa localización: gastos de gestión previstos, estimación de ingresos y beneficios, etc.)  Esta información es básica para el cálculo de la fianza y del canon.
    • Plano u ortofoto, se podrá obtener en https://visor.grafcan.es/visorweb/ que contenga:
    • Medidas preventivas: Señalar en la memoria que dependiendo de la envergadura del rodaje se verá o no afectado y que en el caso de que debieran aplicar medidas preventivas se señalará en la memoria detallada del rodaje específico.
      • Plano con las líneas de delimitación del dominio público y servidumbres señalando con polígonos la superficie (en m2) a ocupar y que sea de fácil interpretación. Debe ser en escala 1:1000. Por favor, sigue estas INSTRUCCIONES DE CÓMO REALIZAR LOS MAPAS Y MEMORIA.
      • Si fuera necesario, plano de detalle de planta y alzados con descripción del diseño, medidas de las instalaciones, carpas, descripción de maquinaria, utensilios, etc.
      • Si fuera de ayuda se puede añadir fotografías del lugar.
    • Declaración de conservación de la playa: Incluir siempre en la memoria que la productora se compromete a proceder de manera inmediata, una vez finalizada la ocupación, el levantamiento de las instalaciones, a la completa limpieza del terreno ocupado y a la ejecución de las demás actuaciones precisas para asegurar la íntegra conservación de la playa.
  • Certificado de seguro de responsabilidad civil en vigor de cuantía suficiente para responder por los daños materiales, personales y perjuicios que pudieran causarse a terceros durante el desarrollo de la actividad
  • Pago de la tasa 163 por el trámite administrativo con el modelo 700: CONSEJERÍA DE TRANSICIÓN ECOLÓGICA. TASA NÚMERO 163 - Tasa por informes y demás actuaciones facultativas: 1 - AUTORIZACIONES PREVISTAS EN EL ART. 49 DEL REGLAMENTO (Precio 52,87€)
  • Declaración responsable de cumplimiento del artículo 44.7 de la Ley 22/1998, de 28 de julio y 97.1 del Reglamento General de Costas, aprobado mediante RD 876/2014 de 10 de octubre firmada.DESCARGAR MODELO
  • Declaración responsable de compatibilidad con las estrategias marinas, en caso de instalación de balizamientos a los que se refiere el artículo 7.6 del Real Decreto 79/2019, de 22 de febrero DESCARGAR MODELO. Solo para producciones con balizamientos.
  • Para aportar documentación requerida o subsanaciones a la solicitud ya presentada, por favor siga estas INSTRUCCIONES.
  • Justificante pago de una fianza definitiva del 5% del presupuesto que haya fijado la productora. Para ello:
    1. Se debe estar dado de alta a terceros en el Gobierno de Canarias (trámite persona física o si es persona jurídica ‘acreedores que actúan como representantes) http://www.gobiernodecanarias.org/hacienda/dgtesoro/altas_terceros/  
    2. Depositar la fianza en la Caja de Depósito de la Comunidad Autónoma de Canarias a través de este trámite: https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/procedimientos_servicios/tramites/6672
    3. Una vez acabado el proyecto se solicitará la devolución de fianza con una solicitud general al Gobierno de Canarias, preferiblemente a través de su propia sede electrónica (https://sede.gobiernodecanarias.org/sede/rge) y deberá acompañar
      • Solicitud de devolución de fianza
      • Resolución de la autorización al respecto
      • Justificante de depósito de la fianza

Una vez Ordenación del Litoral tramite la solicitud de autorización, se le informará del canon de ocupación según los m2 autorizados que deberá pagar al Servicio Provincial de Costas. Este canon por rendimiento, de forma general, se calcula del importe del beneficio neto de la empresa (este beneficio neto se calcula con ciertas operaciones aritméticas, pero se suele tomar como referencia de beneficio neto el 30-35%), y de este importe se calculará el importe de este canon (8%).